N° |
AÑO |
MES |
TÍTULO DE LA AUDITORIA |
ENTIDAD QUE EFECTUÓ LA AUDITORÍA |
MATERIA |
FECHA DE INICIO DE LA AUDITORÍA |
FECHA DE TÉRMINO DE LA AUDITORÍA |
INICIO PERÍODO AUDITADO (DE/MM/AAAA) |
FIN PERÍODO AUDITADO (DD/MM/AAAA) |
RESPUESTA DEL SERVICIO |
FECHA PUBLICACIÓN |
ENLACE AL INFORME FINAL DE AUDITORÍA |
1 |
2023 |
Marzo |
Informe Final de Auditoria |
Dirección de Control |
Ord N° 54 de fecha 20 de marzo de 2023. Informe Final Auditoría N° 6,
“Cumplimiento Ley sobre expendio y consumo
de bebidas alcohólicas N° 19.925 ámbito
competencia municipal” |
Sin Información |
20-03-2023 |
2022 |
20-03-2023 |
1. Se recomienda Actualizar a la brevedad, el Decreto Exento N° 904 de fecha 11/05/2011
“Instrucciones sobre procedimientos de Rentas Y Patentes Comerciales.
10. CONCLUSIONES
11. RECOMENDACIONES
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2. Crear políticas y protocolos relacionados con la creación, habilitación e inhabilitación de
usuarios de los sistemas informáticos, además de nombrar a los responsables del uso y
administración de ellos.
3. Realizar capacitación en los temas específicos del Departamento, tales como actualización
de las diversas leyes asociadas a los diferentes tipos de patentes, cálculo capital propio,
fiscalizaciones, atención de público, en general, todos los tópicos relacionados con las
funciones desarrolladas en el Departamento.
4. Establecer el procedimiento para efectuar la actualización de los parámetros relacionados
con el cobro de impuestos y derechos municipales, en el sistema informático, con el fin de
actualizar los valores de los indicadores (UTM, UF, % Multa, Etc.) y las actualizaciones
ordenadas por ley, señalando responsables y plazos.
5. Actualizar los permisos, perfiles de los usuarios autorizados, así como también validar la
continuidad de los funcionarios en la Municipalidad.
6. Se recomienda crear un programa de prestadores de servicios que se encuentre acorde a
las funciones temporales y permanentes que desarrolla el Depto. de Rentas. |
05-04-2023 |
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2 |
2023 |
Marzo |
Informe Final de Auditoria |
Dirección de Control |
Ord.N ° 53 de fecha 17 de marzo de 2023.Informe Final de Auditoría
Coordinada (2023), sobre Control de Vehículos Propios y/o arrendados de la Municipalidad de Melipilla. |
Sin Información |
20-03-2023 |
2022 |
20-03-2023 |
En el marco de la Auditoría Coordinada
Municipal sobre Control de Vehículos, liderada por la Contraloría General en
virtud del artículo 18 de la ley N°10.336, de Organización y Atribuciones de la
Contraloría General de la República; y en conformidad con lo establecido en el
artículo 29 de la ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, la
Unidad de Control de la Municipalidad de Melipilla, efectuó una auditoría con la
finalidad de constatar que el municipio haya implementado los procedimientos,
controles y acciones de monitoreo sobre los vehículos administrados por la
entidad edilicia, considerando para tales efectos tanto los vehículos propios
como los arrendados, durante el período comprendido entre septiembre del año
2021 y septiembre del año 2022. |
05-04-2023 |
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3 |
2023 |
Marzo |
Informe Final de Auditoria |
Dirección de Control |
Ord N° 52 de fecha 16 de marzo de 2023. Informe Final Auditoria N° 8 “Cumplimiento de Contratos de Obra Pública”. |
Sin Información |
20-03-2023 |
2022 |
20-03-2023 |
1. Respecto a las observaciones señaladas en el N°1 de las Conclusiones, se sugiere
implementar la sección DOM al Servicio o de lo contrario, modificar el organigrama de
la Dirección.
2. En relación a las observaciones señaladas en el N°2 de las Conclusiones, se sugiere dar
cumplimiento a la función “Prestar colaboración con el Departamento de Emergencia y
Protección Civil” o, de lo contrario, eliminarla del Reglamento Interno.
3. En relación a las observaciones señaladas en los N° 3 y 4 de las Conclusiones, se sugiere
instruir a los ITOs para que, en lo sucesivo, den cumplimiento a todas las funciones del
42
Manual de Procedimiento de Control de Fiscalización de Obras, con especial énfasis en
la programación de visitas a las obras, procurando que no se generen lapsos extensos sin
que éstas sean inspeccionadas y sin perjuicio de las visitas sorpresa y aleatorias.
4. En relación a las observaciones señaladas en el N°5 de las Conclusiones, se sugiere
confeccionar los expedientes de los contratos de manera ordenada y completa, en atención
a lo exigido en el Manual de Procedimiento de Control de Fiscalización de Obras.
5. En relación a las observaciones señaladas en el N°6 de las Conclusiones, se sugiere
estandarizar el cómputo de los plazos, especialmente respecto de la fecha de inicio de los
mismos.
6. En relación a las observaciones señaladas en el N°7 de las Conclusiones, se sugiere
instruir a los ITOs para que, en lo sucesivo, den cumplimiento a todas las funciones del
Manual de Procedimiento de Control de Fiscalización de Obras, con especial énfasis en
la periodicidad de las anotaciones.
7. En relación a las observaciones señaladas en el N°8 de las Conclusiones, se sugiere
instaurar un procedimiento que otorgue trazabilidad y fidelidad a las comunicaciones
entre el ITO y los contratistas durante la ejecución de los contratos de obras, tales como
aplicaciones informáticas o software, que utilicen firmas electrónicas avanzadas y con
validez legal.
8. En relación a las observaciones señaladas en el N°9 de las Conclusiones, se sugiere dar
cumplimiento al Manual de Procedimiento de Control de Fiscalización de Obras, dejando
registro de todos los antecedentes que corresponden a los aumentos de Obras.
9. En relación a las observaciones señaladas en el N°10 de las Conclusiones, se sugiere
regular específicamente la paralización de obras en las Bases Administrativas de las
licitaciones, estableciendo específicamente los motivos y requisitos para que proceda. |
05-04-2023 |
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